Online Slot Machine Philippines Gcash Un aporte para humanizar el impuesto a las ganancias – Eduardo Fernández

Un aporte para humanizar el impuesto a las ganancias

El diputado nacional Eduardo Fernández presentó un proyecto de ley que pretende incorporar al debate sobre el Impuesto a las Ganancias, que lidera Sergio Massa, una modificación integral del sistema de deducciones personales para trabajadores y trabajadoras, adecuándolo a sus demandas y actualizándolo a los tiempos que corren, con equidad y progresividad.

El proyecto, elaborado junto a asociaciones sindicales y especialistas que cobra relevancia en el contexto de debate de la reforma del Impuesto a las Ganancias, con el texto de Sergio Massa como su directriz, propone la modificación de la Ley de Impuesto a las ganancias respecto a las deducciones previstas -montos, escalas, motivos de deducción- de la carga impositiva asignada al salario de trabajadores y trabajadoras registrados.

¿Qué propone el Proyecto?

  • La adecuación de los montos deducibles respecto a la capacidad contributiva actual de trabajadores y trabajadoras registrados, preservando el salario, su carácter alimentario y la necesidad de revertir la pérdida de su poder adquisitivo.
  • La actualización de los casos previstos en la Ley, profundizando las deducciones personales respecto a uniones convivenciales y el sostenimiento de hijos de entre 18 y 24 años que no registren ingresos propios, respecto a los cuales además se introduce la deuda de las obligaciones alimentarias de los progenitores como causal de cesación de la deducción de ganancias.
  • En la incorporación de más deducciones con criterio social. Se incorpora a las cargas de familia deducibles y deducciones especiales:
    -Las fundadas en el sostén económico que trabajadores y trabajadoras realicen de sus nietos y nietas, hijastros e hijastras, así como de familiares en línea ascendente que se encuentren a su cargo y no registren ingresos propios.
    -Todos aquellos gastos que trabajadores y trabajadoras deban realizar para el abordaje sanitario de enfermedades complejas, crónicas y oncológicas, propios o de sus familiares a cargo.
  • Las cuotas de educación inicial y primaria de familiares a cargo y toda inversión en capacitación y formación que los trabajadores y trabajadoras realicen para el progreso de sus competencias laborales y profesionales.
  • El gasto en concepto de honorarios para el pago de establecimientos geriátricos de familiares a cargo.
  • Un estímulo a la donación de sangre a través de una deducción especial.
  • La adecuación de las escalas y conceptos deducibles a los tiempos que corren, en beneficio de los derechos de los trabajadores: los montos de deducción deberán adecuarse, en caso de períodos de alta fluctuación inflacionaria y según el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
  • La eximición del Sueldo Anual Complementario de todos los trabajadores y trabajadoras de la tributación de ganancias.

¿Por qué es prioritario su tratamiento?

  • Para garantizar el sentido de progresividad, proporcionalidad, equidad y consistencia social, indispensables a toda política tributaria, arbitrando los medios para la protección del sector productivo y trabajador de nuestra economía nacional, el más golpeado no sólo por la crisis sanitaria internacional, sino por la destrucción del sistema productivo de los últimos años, a manos del neoliberalismo: desempleo, pérdida del poder adquisitivo del salario, retraso en las actualizaciones paritarias, desmesurado aumento del costo de vida.
  • Porque iniciativas como ésta aportan dinamismo a la economía y movilizan el consumo y la actividad industrial, cultural y educativa de nuestro país, indispensables para el proyecto nacional para el que trabajamos y del que somos parte prioritaria desde el Congreso de la Nación.
  • Porque es imprescindible eximir de la tributación indirecta a aquellas erogaciones que resultan antitéticas a la percepción de ganancias por trabajadores y trabajadoras. Esto resulta necesario más aún en este contexto histórico y con el objetivo primordial de garantizar la retribución justa y la intangibilidad del salario como principio de constitucionalmente preservado. Al respecto, toda mejora de las condiciones laborales -y particularmente, salariales- de los trabajadores y trabajadoras, en el marco de las comisiones paritarias, debe ser tal y no quedar neutralizados sus beneficios a causa de la inequidad de la política impositiva.

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