El pasado 5 de Noviembre en reunión Plenaria de la Comisión de Finanzas y de Comercio obtuvo dictamen unánime el Proyecto de Ley que establece la Obligatoriedad de acreditación inmediata en cuenta del comerciante, del monto de las operaciones realizadas por medios electrónicos con tarjeta de débito en comercios minoristas, mayoristas, pymes o de cualquier otro rubro.
El proyecto, que busca introducir modificaciones en la actual Ley de Tarjetas de crédito, Ley Nacional N° 25.065, es fruto del consenso y de la escucha de todos los sectores y actores involucrados en varias reuniones informativas.
La iniciativa establece que las entidades bancarias y no bancarias deberán acreditar en forma inmediata los montos por operaciones con tarjeta de débito de comercios minoristas o mayoristas de cualquier rubro que estén en la ley pyme y que este beneficio no deberá generar mayores costos de las comisiones, ni de transacción, ni de alquiler en los sistemas de captura de transacciones. Actualmente, los bancos y administradoras de tarjetas cobran en el acto por las compras realizadas, pero demoran en acreditar los montos a los comercios entre 48 y 72 horas.
El Banco Central de la República Argentina acercó una nota a la comisión comentando que el Directorio de la entidad había aprobado el programa de ‘Transferencias 3.0’, un sistema de pagos digitales más inclusiva que comenzará a operar en forma progresiva desde el 7 de diciembre, “que impulsará y expandirá el alcance de las transferencias inmediatas».